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Declaración anual 2024: Guía para personas Físicas y Morales

9 min de lectura
Declaración anual
Ana Aponte
Ana Aponte
|
SDR Manager
Tabla de Contenidos:
  1. ¿Qué es la declaración anual?
  2. ¿Cuándo debo presentar mi Declaración anual 2024?
  3. ¿Quiénes deben realizar la declaración anual?
  4. ¿Cuál es la fecha límite para presentar la declaración anual?
  5. ¿Qué información debo incluir en mi declaración anual 2024?
  6. ¿Cómo hacer la declaración anual paso a paso?
  7. Declaración complementaria: ¿cuándo y en qué circunstancias se presenta?
  8. ¿Cómo realizar el pago de mi declaración anual?
  9. ¿Dónde consultar el estatus de mi Declaración Anual 2024?

Sabemos que la presentación de documentos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), especialmente en la declaración anual, puede ser algo abrumador. Como sabes, es un procedimiento esencial cuando tienes una empresa o si eres una persona física con actividad profesional o empresarial.

Despreocúpate, porque en Xepelin hemos creado una guía donde explicaremos en qué consiste la declaración del SAT y cuales son los pasos para presentarla.


Te podría interesar: ¿Cuáles son las obligaciones empresariales en México?

¿Qué es la declaración anual?

La declaración anual es un informe que los contribuyentes (personas físicas y morales) presentan al SAT para reportar sus ingresos, deducciones y pagos provisionales del año fiscal anterior. Es fundamental para determinar si tienes un saldo a favor o si debes pagar impuestos adicionales.

Con la implementación de la factura electrónica, el SAT ha precargado información en las declaraciones, facilitando su presentación. Sin embargo, es crucial revisar y complementar los datos para evitar inconsistencias.

Es importante que tengas a la mano la información de los ingresos y de las deducciones para corroborar la que aparecerá en el sitio del SAT.

¿Cuándo debo presentar mi Declaración anual 2024?

Para el ejercicio fiscal 2024, presentado en 2025, las fechas para la declaración anual son las siguientes:

  • Personas morales: Del 1 al 31 de marzo
  • Personas físicas: Del 1 al 30 de abril

Estas fechas son esenciales para organizar tu documentación y cumplir a tiempo, evitando multas que pueden ascender hasta los 34,000 pesos. Si llegara a existir algún cambio prórroga, suelen informar en su portal oficial.

¿Quiénes deben realizar la declaración anual?

Las personas obligadas a presentar la declaración anual incluyen:

  • Aquellas que hayan obtenido ingresos por sueldos, salarios, actividades empresariales, servicios profesionales (honorarios), arrendamiento, enajenación de bienes, intereses, premios, dividendos, entre otros.
  • Las personas físicas que generen ingresos superiores a 400,000 pesos anuales, quienes trabajaron con dos o más patrones en el mismo año, recibieron ingresos por liquidación o indemnización laboral, generaron rentas por algún inmueble o recibieron premios, como los de lotería .
  • Trabajaron para dos o más empleadores simultáneamente.
  • Recibieron ingresos por jubilación o pensiones que exceden los límites establecidos por la ley.
  • Las personas morales en el Régimen General también están obligadas a presentar su declaración.

¿Cuál es la fecha límite para presentar la declaración anual?

Para personas morales la fecha límite es el 31 de marzo y para personas físicas el 30 de abril del año siguiente al cual se declara; en este caso, del año 2025.

¿Qué información debo incluir en mi declaración anual 2024?

La declaración anual que se presenta en 2025 es la del año 2024, por lo que los ingresos, deducciones y facturas deben ser las del año fiscal inmediato anterior. Es decir, durante el 2024 presentaste declaraciones provisionales mensuales y ahora debes utilizar toda esa información para presentar la declaración del 2025. Por eso, en ocasiones ya está precargada en el sitio oficial algunos datos, gracias a las declaraciones mensuales que ya hiciste anteriormente.

Para completar tu declaración, debes contar con:

  • Información de ingresos y deducciones del ejercicio 2024.
  • Facturas o comprobantes fiscales digitales (CFDI) de ingresos y gastos.
  • Datos de pagos provisionales realizados durante el año.

Es importante mencionar que no todo viene precargado y por eso es necesario hacer una revisión adicional a lo que tiene el SAT. Por ejemplo, el ajuste anual acumulable o deducible, no viene precargado, el tema sueldos en deducciones si bien viene precargado, no todo es deducible (47%-53%), la deducción de inversiones se tiene que ingresar de forma “manual” ya que tampoco viene precargada.

En caso de que haya discrepancias, te conviene presentar las declaraciones provisionales complementarias que sean necesarias (más adelante te hablaremos de ellas).

Los datos que debes verificar son:

  • Los ingresos y las deducciones.
  • Los pagos efectuados por sueldos y salarios.
  • Los honorarios asimilados a salarios, integrados por mes y de forma anual. Si realizarás una declaración de persona moral, adicionalmente, debes añadir el saldo promedio anual de deudas y de créditos para determinar el ajuste anual por inflación acumulable o deducible. En términos generales, debe estar disponible la información que permita elaborar los estados financieros (activos, pasivos y capital contable).

¿Cómo hacer la declaración anual paso a paso?

Ya sabes qué es y cuándo presentar la declaración anual: ahora es momento de que te presentemos el proceso para personas morales y personas físicas.

Declaración Anual Personas Físicas:

  • Ingresa al portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/
  • Dirígete al sitio para presentar la declaración anual. Debes acceder desde el navegador Google Chrome (puedes descargarlo aquí si no lo tienes instalado).
  • Accede con tu RFC y contraseña o e.firma.
  • Verás que el sistema habilitará los apartados siguientes:

- En primer lugar, encontrarás la información de los sueldos y salarios, y sueldos asimilados a salarios. Estos datos provienen de la emisión de tus recibos de nómina, por cada periodo de pago durante el ejercicio que declaras.

- El siguiente apartado es de ingresos, donde el sistema te solicita que desgloses su origen: ingresos propios de la actividad nacionales y extranjeros, anticipos de clientes, intereses cobrados y ganancia cambiaria, entre otros.

- Deducciones autorizadas, que comprenden: gastos, estímulos, deducción fiscal de inversiones y adquisiciones del ejercicio. También, los estímulos fiscales que no se hayan deducido en los pagos provisionales.

- Pagos provisionales efectuados durante el ejercicio a declarar.

- ISR retenido al contribuyente por personas morales, para deducirlo del ISR del Estado de Posición Financiera.

- Deducciones Personales: honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, gastos funerarios, donativos, intereses hipotecarios reales, aportaciones complementarias al sistema de retiro, primas por seguros de gastos médicos, transportación escolar (donde es obligatoria), depósito en cuentas especiales de ahorro y colegiaturas.

  • Enseguida, el sistema determina el impuesto a cargo o a favor, considerando los conceptos anteriores.
  • Si el saldo es a favor, es momento de que añadas la CLABE interbancaria donde el SAT depositará el monto correspondiente.
  • En el caso de saldo a cargo, descarga la línea de captura para hacer el pago correspondiente.
  • Finalmente, será momento de que envíes tu documento (puedes utilizar la e.firma, de manera opcional).

Declaración Anual Personas Morales:

Estos son los pasos para la declaración anual de personas morales:

  • Dirígete al sitio para presentar la declaración anual. Es necesario que lo hagas desde el navegador Google Chrome, por motivos de compatibilidad. Si no lo tienes instalado, descárgalo desde su portal oficial.
  • Ingresa con tu Contraseña del SAT o tu e.firma, anteriormente conocida como Firma Electrónica (ten en cuenta que, para enviar la declaración al finalizar el proceso, deberás hacerlo con la e.firma).
  • Accede al documento electrónico, cuyo primer apartado es el de los ingresos, donde deberás indicar el monto y origen de cada uno. Estos pueden ser, entre otros conceptos:

- Ventas de productos o servicios nacionales o del extranjero

- Ganancia cambiaria

- Intereses devengados a favor, por partidas discontinuas y extraordinarias

- Ajuste anual por inflación acumulable

  • Después, en el rubro de deducciones, se desglosan en sueldos, salarios y asimilados; se verifican los gastos como arrendamientos, pagos de honorarios, combustibles y lubricantes, entre otros; se establecen las inversiones en activo fijo y el ajuste anual por inflación deducible.
  • Con los conceptos anteriores capturados, el sistema calculará el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que corresponde como contribuyente.
  • En seguida, podrás aplicar a este resultado los pagos provisionales realizados, las retenciones de impuestos que hayan efectuado hacia tu empresa, los estímulos fiscales a los que tengas derecho, las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores, así como "acreditamientos" de impuestos por dividendos o pagado al extranjero.
  • Obtendrás el resultado del ISR, ya sea cargo o a favor, correspondiente al ejercicio fiscal. Si el resultado es a cargo, obtendrás una línea de captura para realizar el pago.
  • Entonces, accederás al siguiente apartado que es la captura de los estados financieros al 31 de diciembre del ejercicio que declaras, donde transcribirás la información que integró previamente la empresa. El sistema incluye una sección para conciliar el Estado de Resultados Contable con el Resultado Fiscal, donde se anotan los conceptos considerados en el estado de resultados contable y no en el fiscal (y viceversa) para verificar cómo se llega de un resultado a otro.
  • Finalmente, enviarás tu documento con la e.firma correspondiente.

Declaración complementaria: ¿cuándo y en qué circunstancias se presenta?

La declaración complementaria se presenta con el único objetivo de modificar la primera o anterior declaración, esa primera declaración recibe el nombre de "normal", a través de una complementaria se pueden corregir errores u omisiones en una declaración previamente presentada.

Tienes hasta cinco años para presentar una declaración complementaria desde la fecha de la declaración original. Aunque lo recomendable es lo antes posible.

Se presenta cuando, derivado de una revisión interna, debe cambiarse la información que contiene la declaración, en tanto que hay inconsistencias u omisiones. La declaración complementaria sirve para subsanarlas. Puede ser debido a las siguientes circunstancias:

  • Has omitido información en tu declaración anual
  • Has cometido errores en los datos declarados
  • No se han calculado bien ciertas cifras o hay información parcial de impuestos retenidos o pagados
  • Te has dado cuenta de que has pagado de más o de menos impuestos
  • Tienes que hacer ajustes en la determinación de la base gravable o del cálculo del impuesto
  • Cambios en tu situación fiscal después de presentar la declaración anual
  • Corrección de errores en la información precargada por el SAT

No existe una fecha obligatoria de presentación, pero hay un plazo máximo de 5 años para presentarla. En otras palabras, el derecho de modificar la declaración normal caduca en ese plazo, contado a partir de la fecha de presentación de la declaración original.

Las declaraciones complementarias son un derecho del contribuyente, ya sean personas morales o físicas.

¿Cómo realizar el pago de mi declaración anual?

Si tu declaración resulta en un saldo a cargo:

  • Puedes pagar en línea a través de tu portal bancario utilizando la línea de captura proporcionada por el SAT.
  • También puedes realizar el pago en ventanilla en bancos autorizados.

El SAT permite pagar en parcialidades, siempre que la primera se realice dentro del plazo establecido para la presentación de la declaración.

¿Dónde consultar el estatus de mi Declaración Anual 2024?

Puedes consultar el estatus de tu declaración y, en su caso, de la devolución automática ingresando al portal del SAT con tu RFC y contraseña o e.firma. El SAT tiene hasta 40 días hábiles para procesar las devoluciones.

Ahora ya cuentas con toda la información y los pasos para realizar tu declaración anual de 2024. Finalmente, te sugerimos no dejar pasar la fecha de tu declaración y mantenerte al día con tus impuestos, esto te ahorrará, sobre todo, el pago de multas y recargos innecesarios.



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